CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN
 DEL SERVICIO DE DIFUSIÓN PUBLICITARIA DE LA CAMPAÑA DE LOS DIAS C DE LA CULTURA,
MEDIANTE CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRÁMITE DE URGENCIA
S
..................

2.  ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
3RÉGIMEN JURÍDICO
4.  CAPACIDAD PARA CONTRATAR
5.  CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES
6.  PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
7.  REVISIÓN DE PRECIOS
8.  PLAZO DE VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
9.  PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
10.  GARANTÍA PROVISIONAL
11.  PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
12.  CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
13.  MESA DE CONTRATACIÓN
14.  CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
15.  APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
16.  CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
17.  FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
18.  DIRECTOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO
19.  OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
20.  GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
21.  ABONOS AL CONTRATISTA
22.  CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
23.  INCUMPLIMIENTO PARCIAL EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
24.  MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
25.  SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
26.  CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
27.  RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
28.  DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
29.  JURISDICCIÓN
ANEXO 1
ANEXO 2

 



 

I

DISPOSICIONES GENERALES

 

1.- OBJETO DEL CONTRATO

La presente contratación será la prestación de un servicio para La difusión de la campaña “Los Días C de la Cultura” de conformidad con las prescripciones técnicas anexas.

Es una firme decisión del Gobierno aproximar ( y aproximarnos a ) la cultura a  todos los canarios. La participación de todos los que viven en nuestro Archipiélago en los diferentes eventos y actividades culturales supone y crea necesidad del acercamiento de los canarios que se mueven en diferentes islas y la intercomunicación social y cultural.

Debemos trabajar con un doble objetivo, por un lado, auspiciar la celebración de actividades culturales y fomentar las ya existentes, propias de nuestra identidad y por otro, favorecer a través de iniciativas como la que ahora planteamos, la movilidad entre islas, entre canarios, permitiendo así, un conocimiento común, una cohesión social y cultural.

Trabajamos sobre la idea de la unión de Canarias, donde el mar que nos rodea no sea un motivo de lejanía, sino un medio de conexión, nuestro vínculo.

            “La Campaña de los  días C de la Cultura”, engloba una serie de actividades de carácter cultural, que se ven favorecidas por descuentos en medios de transportes, en base a los acuerdos adoptados con empresas del sector, que facilita el movimiento de los canarios para acudir y participar en las mismas.

El objetivo principal de este proyecto, es facilitar el acercamiento y la comunicación entre las islas, con el nexo de unión de la participación de todos en una actividad cultural, bien sea una exposición, un festival de música, una obra de teatro, o la celebración de nuestras tradiciones.

            Con ello, el Gobierno de Canarias por medio de Canarias Cultura en Red, quiere conseguir, que todos los canarios tengan la oportunidad de asistir a estas actividades, que los más jóvenes puedan moverse de una isla a otra con una mayor facilidad. Fomentar el interés por los acontecimientos que tienen lugar en otras islas, favorecer vías de acercamiento, de nuevas relaciones, de correspondencias, de intercambios.
Con motivo de la puesta en marcha de la campaña los Días C de la Cultura se realizará una campaña publicitaria para la difusión de la misma con los contenidos establecidos en el anexo 1 al presente pliego.
La creatividad de la campaña será facilitada al adjudicatario por la Empresa contratante CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
El trabajo se realizará conforme a lo dispuesto en el apartado 3, a) del artículo 196 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante TRLCAP.



2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Empresa Canarias Cultura en Red S.A., es la Consejera Delegada y Viceconsejera de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias al amparo de lo previsto en el artículo 12.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [TRLCAP] y del Estatuto vigente de la Sociedad.

2.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.



3.- RÉGIMEN JURÍDICO

La contratación a que sirve de base este pliego tiene carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas al TRLCAP aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, modificado por la Ley 13/2003 de 23 de mayo, y por el Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, así como al Reglamento General de dicha Ley, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y a las cláusulas contenidas en este pliego.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones que regulan la contratación administrativa del Estado, y la normativa establecida por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.



4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR

4.1.- Podrán contratar con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 20 del TRLCAP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 21.5 del citado cuerpo legal.
Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.

4.2.- Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, bien a través de la acreditación de una clasificación suficiente, bien a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 16 y 19 del TRLCAP, se reseñan a continuación:

· Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de indemnización por riesgos profesionales.
· Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.

Los referidos medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias que el licitador aporte.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Comunidad Europea a favor de sus propios Empresarios, constituirán una presunción de capacidad en los términos reseñados en el artículo 26.2 del TRLCAP.

Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, los licitadores deben asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios que, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 12.3.3 del presente pliego, deberán detallar en su oferta.

4.3.- No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o, suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las Empresas licitadoras.

4.4.- Los que contraten con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.

No obstante, y con carácter excepcional, los documentos acreditativos de la representación, podrán ser calificados, en el seno de la Mesa de Contratación, por el Letrado del Servicio Jurídico que intervenga en la misma, consignándose expresamente en el acta la manifestación del Letrado, respecto a si la documentación aportada es bastante para que el representante ejerza las facultades de licitar en relación con el expediente concreto.



5.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES

5.1.- La clasificación exigida para esta contratación, será la siguiente:

· Si la clasificación ha sido otorgada con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento General de la LCAP, deberá acreditarse la clasificación III-3-B.
· Si la clasificación ha sido otorgada con posterioridad a la entrada en vigor del Reglamento General de la LCAP, deberá acreditarse la clasificación T-1-B.

Serán admitidos indistintamente tanto los certificados de clasificación expedidos tras la entrada en vigor del citado Reglamento, como los expedidos con antelación al mismo, siempre que tales clasificaciones continúen vigentes.

5.2.- Para los empresarios no españoles de la Comunidad Europea que no estén clasificados, será suficiente acreditar ante el órgano de contratación la capacidad financiera, económica y técnica, conforme a los artículos 16 y 19 del TRLCAP, así como su inscripción en el Registro a que se refiere el apartado i) del artículo 20 del citado texto refundido.

 

6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

El presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de ciento cincuenta mil euros (150.000 €), IGIC incluido.

Del presupuesto cien mil 100.000 euros corresponderán a la primera parte de la campaña que se desarrollará en abril y  cincuenta mil 50.000 euros para la que se desarrollará con posterioridad.

Existe crédito suficiente en la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. ....................................................... para atender a las obligaciones económicas que derivan de la contratación, con cargo a la encomienda realizada por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la movilidad entre las islas.

Si hubiera prórroga del contrato, el presupuesto podrá ser modificado conforme a las necesidades de la campaña.

 

7. REVISIÓN DE PRECIOS

En la presente contratación no habrá revisión de precios.

 

8. PLAZO DE VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

8.1.- El contrato  se desarrollará en dos fases, una primera parte  durante el mes de abril  de 2006. y una segunda parte durante un mes entre los meses de Junio y Septiembre a determinar por el órgano de contratación una vez finalizada la primera parte de la campaña.

Dicho plazo de vigencia podrá ser prorrogado y modificado de conformidad con lo establecido en el  artículo 198.1 del TRLCAP.

La prórroga se realizará para realizar un recuerdo o nueva difusión de la campaña de los “Días C de la Cultura” durante el año 2007, para lo cual, la Empresa Canarias Cultura en Red S.A., en el caso de que optara por la prórroga, remitirá a la empresa adjudicataria las nuevas necesidades. La empresa adjudicataria deberá remitir la aceptación del mismo así como el presupuesto de gastos.

8.2.- Habiéndose declarado la urgencia, la presente contratación entrará en vigor desde la fecha en que el contrato se haya adjudicado, siempre que se haya constituido la garantía definitiva.

II

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

 

9.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

9.1.- El contrato se adjudicará por concurso, mediante procedimiento abierto y por la tramitación de urgencia en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Real Decreto 2/2000, de 16 de junio.

9.2.- Son criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato los siguientes, por orden decreciente de importancia con arreglo a la siguiente valoración:

 

               CRITERIOS                                                                                 PONDERACIÓN

              - Valoración del plan de medios................................................ 60

  • Inserciones en horarios prime time y repetición de inserciones en radios y televisiones con óptimos niveles de audiencia.
  • Inserciones en todos los medios de comunicación escrita en color y en páginas destacadas
  • Inserciones en medios digitales  reconocidos en Canarias

              - Mejoras ........................................................................ 30
              - Oferta económica ............................................................. 10

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Territorial 26/1999, de 25 de febrero, tendrán preferencia para la adjudicación del contrato las empresas que en el momento de la licitación cuenten en su plantilla con un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la misma, siempre que sus proposiciones obtengan una evaluación global que no se distancie en más del 15% de la proposición mejor valorada.
La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor, respecto de cada uno de los criterios.
2º.- Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas respecto de un criterio, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes a dicho criterio.
3º.- A las ofertas siguientes, en el orden de prelación de cada criterio, se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta.

 

10.- GARANTÍA PROVISIONAL

10.1.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 del TRLCAP, no será necesario  constituir garantía provisional.

 

11.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

11.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

11.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas de CANARIAS CULTURA EN RED que se indiquen en el anuncio de licitación.

11.3.- Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.

11.4.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.

11.5.- La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.


12.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

12.1.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación “Los días C de la Cultura” y el nombre y apellidos en caso de persona física o razón social de la Empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos. Así como la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:

12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación general para el concurso de  difusión de la campaña  “Los Días C de la Cultura”. Su contenido será el siguiente:

12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad de la empresa y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:

12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.

Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.

Los restantes empresarios extranjeros, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española, relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración de ese estado, en forma substancialmente análoga. Cuando el presupuesto de la contratación, sea de cuantía igual o superior a cinco millones trescientos cincuenta y ocho mil, ciento cincuenta y tres euros (5.358.153 €) y el Estado de procedencia sea signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, el informe de reciprocidad antes mencionado será sustituido por informe de la citada representación diplomática relativo a tal condición.

Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.

12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación.

12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal (U.T.E.). Cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

12.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2. del presente pliego.

Las uniones temporales de empresas (U.T.E.), deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión, han obtenido clasificación en alguno de los grupos o subgrupos exigidos en la cláusula 5 del presente pliego. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de sus miembros, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida.

Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica.

12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. y la Administración Pública conforme al artículo 20 del TRLCAP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

12.2.4.- Resguardo acreditativo, en su caso, de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro.

12.2.5.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

12.2.6.- A los efectos previstos en la cláusula 9.2 del presente pliego, las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, deberán acreditar tal extremo aportando los documentos TC2 correspondientes a todo el personal de la empresa y la relación de personas con minusvalía integradas en su plantilla, especificando número de D.N.I., acompañada de los respectivos certificados de minusvalía.

Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.

12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición para el concurso de la difusión de la campaña  “Los Días C de la Cultura”.

12.3.1.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición.

12.3.2.- El contenido de las ofertas económicas será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada.

12.3.3.- Los licitadores incluirán, así mismo, en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación no económicos a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego. Deberán presentar por separado la primera parte de la campaña que se desarrollará durante el mes de abril y con una cuantía máxima de cien mil (100.000) Euros, IGIC incluido y la segunda que se desarrollará durante un mes en el intervalo de Junio a Octubre con una cuantía máxima de cincuenta mil (50.000) Euros, IGIC incluido.

Así mismo, los licitadores deberán presentar la documentación exigida en el pliego de prescripciones técnicas contenidas en el anexo 1.

Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate.

Para ser tenida en cuenta, dicha documentación, que deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran, firmada por el licitador declarando, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados, reservándose la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, por sí misma o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

13.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación estará integrada por:

  • Un Presidente, que será la Consejera Delegada de CANARIAS CULTURA EN RED o persona en quien delegue.
  • Un Vocal designado por el órgano de contratación de entre el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Un Vocal que será responsable del proyecto de los Días C de la Cultura.
  • Un Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.
  • Un Secretario designado por el órgano de contratación.


14.-CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL


Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores. Si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.

Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como, requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de dos días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.


15.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN


15.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el lugar y hora que se le comunicará a los licitadores mediante fax, telegrama o correo electrónico dejando constancia de dicha notificación en el expediente, con arreglo al siguiente procedimiento:

15.1.1.- En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.

15.1.2.- A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación.

Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado. Informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.

15.2.- La Mesa de contratación, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 9.2 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.

A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación, el órgano de contratación adjudicará motivadamente el contrato en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.

15.3.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, sin haberse dictado acuerdo resolutorio del concurso, los licitadores podrán retirar sus ofertas y las garantías constituidas.

15.4.- La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o, alternativamente, declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución sobre la base de los criterios de adjudicación del concurso establecidos en este pliego.

15.5.- El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, antes de la adjudicación y en el plazo máximo de 5 días hábiles desde que se le requiera al efecto, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

15.5.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP.

- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.

- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.

El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.

15.5.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.

15.5.3.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.

15.5.4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.

15.6.- Si el contrato no llegara a formalizarse por causa imputable al adjudicatario y, en consecuencia, se decretase su resolución, o cuando se trate de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto, el órgano de contratación podrá adjudicarlo de nuevo al licitador cuya oferta hubiera sido la siguiente más ventajosa, sin necesidad de convocar un nuevo concurso, de conformidad con lo establecido en los artículos 84 y 90 del TRLCAP.

En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 86 del TRLCAP.

III

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO


16.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA

16.1.- El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de quince días naturales contados desde que se le notifique la adjudicación del contrato, la constitución de la garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe adjudicado.

Si la proposición del adjudicatario hubiese estado incursa inicialmente en la presunción de temeridad a que se refiere el artículo 86.3 del TRLCAP, la garantía definitiva deberá constituirse por un importe equivalente al 20 por 100 (20%) del importe de adjudicación del contrato, que sustituirá a la del 4 por 100 (4%) prevista en el párrafo anterior.

No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Empresa contratante, en los términos previstos en el artículo 36.2 del TRLCAP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.

Estarán exceptuados de la constitución de la garantía definitiva las entidades reseñadas en el artículo 40 del TRLCAP, en los términos de dicho precepto.

16.2.- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.

16.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el valor del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento General de la LCAP.

16.4.- En el plazo de quince días hábiles, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.




17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO


17.1.- El adjudicatario queda obligado a suscribir el contrato, dentro del plazo de treinta días naturales desde la fecha de la notificación de la adjudicación a la que se unirá un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.

17.2.- El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.

No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.

17.3.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. podrá acordar la resolución del mismo, siguiendo a tal efecto el procedimiento establecido en el artículo 109 del Reglamento General de la LCAP. En tal supuesto, procederá a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

17.4.- En el supuesto de que en el expediente haya recaído declaración de urgencia se podrá, previa constitución de la garantía definitiva cuando fuera exigible, iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización, en la forma prevista en el artículo 71.2.c) del TRLCAP.


IV

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

 

18.- DIRECTOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO

El órgano de contratación designará un director del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y, cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

 

19.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

19.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el director del trabajo objeto del contrato.

19.2.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.

19.3.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.

19.4.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.

19.5.- Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional o consultor, los contratistas responderán solidariamente de los daños y perjuicios que se originen durante su ejecución, tanto para la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 217 del TRLCAP.

 

20.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

20.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.

20.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista. En especial se considera incluido el Impuesto General Indirecto Canario.

Igualmente se consideran incluidos todos los gastos que de la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos, resultaren necesarios.

También se consideran incluidos en las proposiciones y en el presupuesto de adjudicación, corriendo por cuenta del contratista, las tasas y arbitrios municipales.

 

21.- ABONOS AL CONTRATISTA

21.1.- El pago del precio del contrato se realizará una vez finalizado el servicio de acuerdo con los plazos previstos en la cláusula 8 del presente pliego, y previo informe favorable del director del mismo.

21.2.- El pago se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por la Unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por el director del mismo. La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. deberá abonar el importe de las facturas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de expedición de los documentos que acrediten la realización del contrato.

En caso de demora por la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de dos meses, el interés legal del dinero, incrementado en un 1,5 puntos de las cantidades adeudadas.

Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento de los dos meses a que se refiere el párrafo anterior, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCAP.

Si la demora de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. fuese superior a ocho meses, contados a partir del vencimiento del plazo de dos meses a que se refiere el párrafo primero de la presente cláusula, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.

21.3.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A .expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión.

 

22.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

22.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego.

22.2.- Si llegado el final del trabajo, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de garantía o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,12 por cada 601,01 euros del precio del contrato.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

Esta misma facultad tendrá la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.

22.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.

22.4.- La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.

22.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 96.2 del TRLCAP.

 

23.- INCUMPLIMIENTO PARCIAL EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO

Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las siguientes penalidades: 0’12 por cada 601,01 euros de la parte de la prestación incumplida.

 



MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

 

24.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

En el supuesto de modificación del contrato se estará a lo dispuesto en los artículos 54, 101 y 212 del TRLCAP.

 

25.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO

Si la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 99.5 del TRLCAP y la cláusula 22.2 del presente pliego, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A. abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 215.2 y 3 del TRLCAP.

 

VI

FINALIZACIÓN DEL CONTRATO


26.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.

Si los trabajos no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado.

 


27.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Además de en los supuestos de incumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 111 y 214 del TRLCAP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 113 y 215 del TRLCAP.

Asimismo, serán causa de resolución del contrato, dando lugar a los efectos antes indicados, las causas previstas en el artículo 6 del Decreto 87/1999, de 6 de mayo, por el que se regula la subcontratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

28.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA

28.1. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.

 

29.- JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación. El contratista renuncia al fuero que pudiera corresponderle y se somete a los Jueces y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife.

 



ANEXO 1

 

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITE DE URGENCIA DE LA DIFUSIÓN DE LA CAMPAÑA DE LOS DÍAS C DE LA CULTURA

1.- OBJETIVOS DE COMUNICACIÓN

            “La Campaña de losa días C de la Cultura”, engloba una serie de actividades de carácter cultural, que se ven favorecidas por descuentos en medios de transportes, en base a los acuerdos adoptados con empresas del sector, que facilita el movimiento de los canarios para acudir y participar en las mismas.

            El objetivo principal de este proyecto, es facilitar el acercamiento y la comunicación entre las islas, con el nexo de unión de la participación de todos en una actividad cultural, bien sea una exposición, un festival de música, una obra de teatro, o la celebración de nuestras tradiciones.

            Con ello, el Gobierno de Canarias por medio de Canarias Cultura en Red, quiere conseguir, que todos los canarios tengan la oportunidad de asistir a estas actividades, que los más jóvenes puedan moverse de una isla a otra con una mayor facilidad. Fomentar el interés por los acontecimientos que tienen lugar en otras islas, favorecer vías de acercamiento, de nuevas relaciones, de correspondencias, de intercambios.

2.- DIFUSIÓN

            La creatividad de la campaña será facilitada por la Empresa contratante CANARIAS CULTURA EN RED S.A  que aportará  una copia del spot para su emisión en televisión y una copia de las cuñas de radio de la campaña de Los Días C de la Cultura. Los restantes soportes ( medios escritos, y demás soportes) será realizada por la empresa adjudicataria, con la creatividad que le aporte CANARIAS CULTURA EN RED.

            Los creativos de la campaña supervisarán la producción de todos los soportes recogidos y aprobados en la siguiente campaña.

            La difusión de la campaña deberá hacerse, al  menos, en los siguientes medios:

 

a.-  TELEVISIÓN

1) El anuncio (una copia) será suministrado por CANARIAS CULTURA EN RED S.A.. y la empresa contratada se encargará de realizar las copias correspondientes para su difusión con la máxima calidad en las cadenas televisivas que presenten en el plan de medios así como la distribución de las mismas en tiempo y en forma.

La duración  del anuncio de televisión tendrá una duración  de 15 segundos.

La empresa adjudicataria deberá establecer en los contratos con las distintas cadenas  que el spot no se podrá emitir seguido de otro  anuncio institucional.

Al menos el 50 % del presupuesto deberá ser destinado a  la emisión del spot en televisiones.

 

  • Del porcentaje establecido para las televisiones, el 80% del presupuesto será para las cadenas con centros de emisión regional y acreditado nivel de audiencia y el 20% restante, a distribuir entre las televisiones locales de todas las islas con óptimos niveles de audiencia.
  • Se valorará positivamente la inclusión de los anuncios en horario prime-time y programas de máxima audiencia.
  • La empresa adjudicataria tiene que hacer las copias necesarias del anuncio, en formato de calidad para su emisión en televisión, así como hacerlas llegar en tiempo y forma a los centros emisores.
  • La empresa adjudicataria deberá presentar, como requisitos para el abono del contrato, los certificados de emisión en las distintas cadenas.


b.- RADIO: La producción de las cuñas de radio serán realizadas por la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A y aportada a la empresa adjudicataria.

 

  • La duración de los anuncios en radio con cuñas de 15 segundos.
  • Del Presupuesto que los licitadores destinen para las radios el 60% debe ir a Cadenas regionales y con altos niveles de audiencia y el 40% para emisoras locales de todas las islas.
  • La empresa adjudicataria se encargará de realizar las copias y distribución de las cuñas de radio a todas las emisoras que figuren en el plan de medios seleccionados y las harán llegar en tiempo y forma.
  • La distribución debe hacerse en todas las radios que emiten en Canarias y tengan óptimos niveles de  audiencia.
  • Se valorará la emisión de los anuncios en los programas y horarios de máxima audiencia.
  • La empresa adjudicataria deberá presentar, como requisitos para el abono del contrato, los certificados de emisión en las distintas cadenas.

 

c.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITO Y DIGITAL

  •  Del Presupuesto que los licitadores destinen para medios escritos el 50% deberá ser para periódicos provinciales y nacionales con edición especial en Canarias y el  50% a  medios insulares,  locales y los medios digitales de Canarias  y a medios de Latinoamérica (España Exterior/ Canarias Exterior; Canarias en el Mundo; La Región Internacional), así como, a las publicaciones tradicionales de las islas menores.
  • A todos los medios escritos descritos se les deberá insertar  como mínimo una página completa de publicidad en color y a los medios digitales los banner correspondientes.
  • Los anuncios en medios de comunicación escrito y digital podrán tener varios formatos cuya creatividad deberá ser aportada por CANARIAS CULTURA EN RED. La empresa adjudicataria deberá adaptar el anuncio y entregarlo a los distintos medios de comunicación escrito y digitales.
  • Se valorará que se pongan en páginas destacadas.

La Administración se reserva el derecho de modificar el plan de medios propuesto.

 

3.- OTRAS MEJORAS:

La empresa contratada puede formular otro tipo de acciones para  difundir el objeto de esta campaña que mejoren su oferta, como por ejemplo, fomentar que las televisiones y radios que emiten en Canarias hagan programas específicos de “Los días C de la Cultura” o que los medios de comunicación escrita y digital, elaboren suplementos o reportajes especiales sobre este tema, vallas, marquesinas de guaguas o medios de transportes que puedan llevar soportes publicitarios o la difusión en instituciones públicas y privadas de los folletos informativos de la campaña, etc.

 

4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

           
1) PLAN DE MEDIOS.
 

  • Se ha de incluir en este apartado la descripción detallada de cobertura y difusión, según los ratios habituales del sector, realizándose una evaluación del plan de medios atendiendo a criterios de máxima cobertura, GRP’s y OTS.

            2) PROPUESTA ECONÓMICA

  • En concreto, la propuesta económica se habrá de desglosar en los diferentes componentes:
Televisión: Tarifa por inserción.
Si el licitador ofertara descuentos los incluirá en su oferta.
Presupuesto final

Radio: Tarifa por inserción
Si el licitador ofertara descuentos los incluirá en su oferta.
Presupuesto final

Prensa: Tarifa por inserción
Si el licitador ofertara descuentos los incluirá en su oferta.
Presupuestos

Demás soportes Presupuesto

 

 

ANEXO 2

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

            D............................................................................................................................................, con D.N.I. nº ....................................., mayor de edad, con domicilio en ................................................................................., enterado del pliego de cláusulas administrativas particulares y del de prescripciones técnicas que han de regir la contratación de un servicio para la difusión de la campaña de  “Los días C de la Cultura” aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre ......................... ............................................ (propio o de la/s persona/s o entidad/es que representa especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por un importe de ………….l-n euros.

(en números y letras)
Lugar, fecha y firma del licitador.]

 

En Santa Cruz de Tenerife a 9 de marzo 2006

LA CONSEJERA DELEGADA DE
 CANARIAS CULTURA EN RED S.A




Dulce Xerach Pérez López

 
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