De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Territorial 26/1999, de 25 de febrero, tendrán preferencia para la adjudicación del contrato las empresas que en el momento de la licitación cuenten en su plantilla con un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la misma, siempre que sus proposiciones obtengan una evaluación global que no se distancie en más del 15% de la proposición mejor valorada.
La valoración de las ofertas se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor, respecto de cada uno de los criterios.
2º.- Obtenido el orden de prelación de todas las ofertas respecto de un criterio, se asignará a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes a dicho criterio.
3º.- A las ofertas siguientes, en el orden de prelación de cada criterio, se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta.
10.- GARANTÍA PROVISIONAL
Los licitadores no necesitarán constituir garantía provisional
11.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
11.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de Canarias.
11.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en las oficinas de CANARIAS CULTURA EN RED que se indiquen en el anuncio de licitación.
11.3.- Los interesados podrán examinar el pliego y documentación complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio de licitación.
11.4.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna.
11.5.- La presentación de la proposición se deberá realizar en una sola de las dependencias administrativas de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo, rechazándose en caso contrario todas las presentadas por el licitador.
12.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
12.1.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos en caso de persona física o razón social de la Empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos. Así como la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación general para el concurso de creatividad y producción de un spot de televisión y cuña de radio para la campaña institucional de publicidad del Día de Canarias 2006.
Su contenido será el siguiente:
12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad de la empresa y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española, relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración de ese estado, en forma substancialmente análoga.
Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación.
12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal (U.T.E.). Cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
12.2.2.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A y la Administración Pública conforme al artículo 20 del TRLCAP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
12.2.3.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
12.2.4.- A los efectos previstos en la cláusula 9.2 del presente pliego, las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, deberán acreditar tal extremo aportando los documentos TC2 correspondientes a todo el personal de la empresa y la relación de personas con minusvalía integradas en su plantilla, especificando número de D.N.I., acompañada de los respectivos certificados de minusvalía.
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición para el concurso de la creatividad y producción de un spot de televisión y cuña de radio para la campaña institucional de publicidad del Día de Canarias.
12.3.1.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición.
12.3.2.- Los licitadores incluirán, en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación no económicos a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego.
Así mismo, los licitadores deberán presentar la documentación exigida en el pliego de prescripciones técnicas contenidas en el anexo 1
Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación, que deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran, firmada por el licitador declarando, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados, reservándose la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, por sí misma o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
12.3.3.- El contenido de las ofertas económicas será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Las proposiciones económicas se realizarán separadamente para cada uno de los lotes a los que se licite.
13.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará integrada por:
- Un Presidente, que será la Consejera Delegada de CANARIAS CULTURA EN RED o persona en quien delegue.
- Un Vocal designado por el órgano de contratación de entre el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Un Vocal representante de la Viceconsejería de Comunicación.
- Un Vocal el Coordinador de los los actos del Día de Canarias 2006
- Un Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.
- Un Secretario designado por el órgano de contratación.
14.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores. Si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como, requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
15.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
15.1.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el lugar y hora que se le comunicará a los licitadores mediante fax, telegrama o correo electrónico dejando constancia de dicha notificación en el expediente, con arreglo al siguiente procedimiento:
15.1.1.- En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
15.1.2.- A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica y a la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios de adjudicación.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado. Informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
15.2.- La Mesa de contratación, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 9.2 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.
A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación, el órgano de contratación adjudicará motivadamente el contrato en el plazo máximo de un mes, a contar desde la apertura de las proposiciones.
15.3.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, sin haberse dictado acuerdo resolutorio del concurso, los licitadores podrán retirar sus ofertas.
15.4.- La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A tendrá la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa o, alternativamente, declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución sobre la base de los criterios de adjudicación del concurso establecidos en este pliego. Así mismo, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A podrá declarar desierto un lote y adjudicar otro.
15.5.- El licitador propuesto como adjudicatario deberá acreditar, antes de la adjudicación y en el plazo máximo de 5 días hábiles desde que se le requiera al efecto, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
15.5.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP.
‑ Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
‑ Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
15.5.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
15.5.3.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.
15.5.4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
15.6.- Si el contrato no llegara a formalizarse por causa imputable al adjudicatario y, en consecuencia, se decretase su resolución, o cuando se trate de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto, el órgano de contratación podrá adjudicarlo de nuevo al licitador cuya oferta hubiera sido la siguiente más ventajosa, sin necesidad de convocar un nuevo concurso, de conformidad con lo establecido en los artículos 84 y 90 del TRLCAP.
En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 86 del TRLCAP.
III
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
16.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
16.1.- El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de quince días naturales contados desde que se le notifique la adjudicación del contrato, la constitución de la garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de cada lote adjudicado.
Si la proposición del adjudicatario hubiese estado incursa inicialmente en la presunción de temeridad a que se refiere el artículo 86.3 del TRLCAP, la garantía definitiva deberá constituirse por un importe equivalente al 20 por 100 (20%) del importe de adjudicación del contrato, que sustituirá a la del 4 por 100 (4%) prevista en el párrafo anterior.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Empresa contratante, en los términos previstos en el artículo 36.2 del TRLCAP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva,
Estarán exceptuados de la constitución de la garantía definitiva las entidades reseñadas en el artículo 40 del TRLCAP, en los términos de dicho precepto.
16.2.- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
16.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el valor del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de quince días hábiles contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento General de la LCAP.
16.4.- En el plazo de quince días hábiles, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
17.1.- El adjudicatario queda obligado a suscribir el contrato, dentro del plazo de treinta días naturales desde la fecha de la notificación de la adjudicación al que se unirá un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
17.2.- El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
17.3.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A podrá acordar la resolución del mismo, siguiendo a tal efecto el procedimiento establecido en el artículo 109 del Reglamento General de la LCAP. Procediendo en tal caso a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
17.4.- Habiendo recaído declaración de urgencia en el expediente, se podrá, previa constitución de la garantía definitiva, iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización, en la forma prevista en el artículo 71.2.c) del TRLCAP.
IV
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
18.- DIRECTOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO
El órgano de contratación podrá designar, de entre el personal al servicio de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A, un director del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y, cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
19.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
19.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el director del trabajo objeto del contrato.
19.2.- Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.
19.3.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
19.4.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista.
19.5.- Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional o consultor, los contratistas responderán solidariamente de los daños y perjuicios que se originen durante su ejecución, tanto para la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 217 del TRLCAP.
20.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
20.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
20.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista. En especial se considera incluido el Impuesto General Indirecto Canario.
Igualmente se consideran incluidos todos los gastos que de la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos, resultaren necesarios.
También se consideran incluidos en las proposiciones y en el presupuesto de adjudicación, corriendo por cuenta del contratista, las tasas y arbitrios municipales.
21.- ABONOS AL CONTRATISTA
21.1.- El pago del precio del contrato de creatividad y producción de la campaña institucional de publicidad del Día de Canarias se realizará una vez finalizado el servicio de acuerdo con los plazos previstos en la cláusula 8 del presente pliego, previa presentación de memoria justificativa con todos los soportes diseñados ( se debe incluir una copia en Betacan y Digital del spot publicitario y copia de las cuñas de radio) y producidos por los adjudicatarios y previo informe favorable del director del mismo.
21.2.- El pago se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por la Unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por el director del mismo. La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A deberá abonar el importe de las facturas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de expedición de los documentos que acrediten la realización del contrato.
En caso de demora por la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de dos meses, el interés legal del dinero, incrementado en un 1,5 puntos de las cantidades adeudadas.
Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento de los dos meses a que se refiere el párrafo anterior, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el TRLCAP.
Si la demora de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A fuese superior a ocho meses, contados a partir del vencimiento del plazo de dos meses a que se refiere el párrafo primero de la presente cláusula, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
21.3.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión.
22.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
22.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego.
22.2.- Si llegado el final del trabajo, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de garantía o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,12 por cada 601,01 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
22.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
22.4.- La constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
22.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 96.2 del TRLCAP.
23.- INCUMPLIMIENTO PARCIAL EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las siguientes penalidades: 0’12 por cada 601,01 euros de la parte de la prestación incumplida.
V
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
24.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En el supuesto de modificación del contrato se estará a lo dispuesto en los artículos 54, 101 y 212 del TRLCAP.
25.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
Si la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 99.5 del TRLCAP y la cláusula 22.2 del presente pliego, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
Acordada la suspensión, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán, en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 215.2 y 3 del TRLCAP.
VI
FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
26.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
Si los trabajos no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado.
27.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de en los supuestos de incumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 111 y 214 del TRLCAP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 113 y 215 del TRLCAP.
Asimismo, serán causa de resolución del contrato, dando lugar a los efectos antes indicados, las causas previstas en el artículo 6 del Decreto 87/1999, de 6 de mayo, por el que se regula la subcontratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
28.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
28.1. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
28.2. La garantía se devolverá una vez realizadas las obligaciones contenidas en el contrato y finalizados los plazos establecidos en la cláusula 8 del presente pliego.
29.- JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación. Y en tal caso, ambas partes haciendo expresa renuncia a su fuero propio, acuerdan someterse a la jurisdicción de los jueces y tribunales de Santa Cruz de Tenerife.
ANEXO 1
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, POR CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO PARA LA CREATIVIDAD DE LA CAMPAÑA INSTITUCIONAL DE PUBLICIDAD PARA EL DIA DE CANARIAS 2006 Y PRODUCCIÓN DE UN SPOT DE TELEVISIÓN Y CUÑAS DE RADIO.
1.- OBJETIVOS DE COMUNICACIÓN.
Con motivo de la tradicional celebración del Día de Canarias, el 30 de mayo de 2006, que tendrá en cuenta el carácter social del lema ‘Una Tierra Única’ vinculándolo a los lemas: ‘Canarias por las personas’ ‘Para que nadie se quede atrás’,’ el Gobierno de Canarias realizará una campaña publicitaria institucional con tres objetivos esenciales:
- Destacar los valores y la identidad de Canarias, tanto los que se refieren a la tradición histórica y cultural como a los presentes que la constituyen como una sociedad moderna y de futuro.
- Comunicar los actos más destacados, que con motivo del día de Canarias, se celebran en el Archipiélago.
- Promover la asistencia a las actividades que se organicen con motivo del Día de Canarias.
Este año, la campaña institucional del Día de Canarias se basará en el carácter social de Una Tierra Única, vinculándolo a los lemas: ‘Canarias por las personas’ ‘Para que nadie se quede atrás’, en consonancia con el objetivo del Gobierno de Canarias en la actual legislatura, expresado por el presidente del Gobierno de Canarias en su discurso de investidura, de promover una progresiva configuración de Canarias como un espacio único de convivencia, trabajo, desarrollo económico, cultural y social, con acciones que contribuyan a la cohesión social y económica de Canarias, favorecer la interacción, los intercambios y la comunicación de los ciudadanos de varias o de todas las islas, y que hagan de Canarias un único espacio social y económico.
2.-.- CREATIVIDAD Y PRODUCCIÓN.
Se pretende, la creatividad de una campaña publicitaria en televisión, radio, medios de comunicación escrita y digital, vallas publicitarias, folletos y demás soportes sobre el Día de Canarias 2006.
Los creativos seleccionados supervisarán la producción de todos los soportes publicitarios aprobados en general y especialmente la producción del spot de televisión y las cuñas de radio a fin de garantizar la calidad en la realización del mismo.
Televisión:
El story board televisivo de esta campaña debe contemplar una duración estándar del spot de 30 segundos con refuerzos del anuncio de 10’ La producción del anuncio no ha de superar en ningún caso los 50.000 €. A su vez, deberán presentar una estimación del plazo que tardará la producción del mismo., si bien ha de estar culminado según lo establecido en la base 8 (Plazos de entrega)
Se valorará positivamente que en la parte audiovisual se contemple la música del Himno de Canarias en cualquiera de las versiones que el creativo plantee.
El anuncio de televisión debe tener la máxima calidad, para su emisión en televisión.
Asimismo, la música a utilizar en el spot así como otro efecto que requiera el anuncio será a cargo del adjudicatario-
Radios:
Deberán presentar la creatividad de una o varias cuñas de radio con una duración estándar de 15, segundos.
La grabación de las cuñas de radio, deberán estar acorde con la locución y música del spot televisivo.
La música y las voces utilizadas correrán a cargo de la empresa adjudicataria
Medios escritos y demás Soportes:
La creatividad también ha de tener su correspondiente adaptación para los siguientes soportes:
- Anuncios en prensa escrita y digital (banner) en todos los formatos., en color y en blanco y negro
- Vallas publicitarias
- Folletos
- Marquesinas
- Camisetas
- Gorras
- Folletos e invitaciones del Acto institucional.
- Diseño de una Página Web específica
- Soportes en medios de transportes públicos (aviones, guaguas, barcos, taxis, etc.)
- Y en cualquier soporte que se requiera (fondos para jornadas, cafeterías, etc.).
- La empresa adjudicataria se encargará de los costes del material gráfico y de producción que haya sido propuesto para la creatividad en todas sus facetas (fotógrafos, figurantes, vestuario, maquillaje, fotos etc.). de modo que habrá de entregar en tiempo y forma a la Administración el producto final gráfico que presentó en la propuesta de creatividad
Se valorará positivamente todas aquellas propuestas que consideren los creativos para mejorar y maximizar la campaña de publicidad.
4.- PROPIEDAD INTELECTUAL.
La participación en esta campaña institucional de publicidad implica la obligación por el autor o autores de las propuestas ganadoras de ceder a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a Canarias Cultura en Red S.A los derechos de explotación y comunicación pública sobre dicha propuesta y todas las imágenes y sonidos que se incluyan, que la utilizará para promover las entidades públicas, los organismos, entidades y empresas dependientes, así como darle publicidad en el formato o el soporte que considere oportuno.
Dicha cesión se entenderá que se hace con carácter exclusivo, por tiempo indefinido y para el ámbito territorial de cualquier país del mundo. En todo caso y aunque la imagen seleccionada no se utilice, los derechos de explotación sobre esa obra corresponderán a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Canarias Cultura en Red S.A.