CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS PARA
LA PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN DE
LA CAMPAÑA INSTITUCIONAL DEL “DÍA
DE CANARIAS 2006”
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CANARIAS
CULTURA EN RED S.A
CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS, MEDIANTE CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO.
I
DISPOSICIONES
GENERALES
1.- OBJETO DEL CONTRATO
La
presente contratación será la prestación
de un servicio para La producción y difusión
de la campaña institucional del “Día
de Canarias 2006”, de conformidad con las prescripciones
técnicas anexas.
La
creatividad de la campaña será aportada al
adjudicatario por CANARIAS CULTURA EN RED, S.A.
Contratación de la prestación del servicio
de producción y difusión de la Campaña
institucional del “Día de Canarias”.
Con
motivo de la tradicional celebración del Día
de Canarias, el 30 de mayo de 2006, el Gobierno de Canarias,
por la Empresa pública CANARIAS CULTURA EN RED S.A,
realizará una campaña publicitaria institucional
con tres objetivos esenciales:
a)
Destacar los valores y la identidad de Canarias, tanto los
que se refieren a la tradición histórica y
cultural como a los presentes, que la constituyen como una
sociedad moderna y de futuro.
b) Comunicar los actos más destacados, que con motivo
del día de Canarias, se celebran en el Archipiélago.
c) Promover la asistencia a las actividades que se organicen
con motivo del Día de Canarias.
El
trabajo se realizará conforme a lo dispuesto en el
apartado 3, a) del artículo 196 del Real Decreto
Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, en adelante TRLCAP.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
2.1.-
El órgano de contratación, que actúa
en nombre de la Empresa Canarias Cultura en Red S.A, es
La Consejera Delegada de CANARIAS CULTURA EN RED S.A y Viceconsejera
de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias al amparo
de la previsto en el artículo 12.2 del Texto Refundido
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
[TRLCAP] y del Estatuto vigente de la Sociedad.
2.2.-
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar
el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia,
ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las
dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones
de interés público, acordar su resolución
y determinar los efectos de ésta, con sujeción
a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto
dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho
del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción
competente.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO
La
contratación a que sirve de base este pliego tiene
carácter administrativo, y ambas partes quedan sometidas
al TRLCAP aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000,
de 16 de junio, modificado por la Ley 13/2003 de 23 de mayo,
así como al Reglamento General de dicha Ley, aprobado
por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y a las cláusulas
contenidas en este pliego.
Asimismo,
serán de aplicación las demás disposiciones
que regulan la contratación administrativa del Estado,
y la normativa establecida por la Comunidad Autónoma
de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
4.1.-
Podrán contratar con la Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A las personas naturales o jurídicas, españolas
o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no
se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 20 del TRLCAP, extremo que se podrá
acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el
artículo 21.5 del citado cuerpo legal.
Los licitadores deberán ser personas físicas
o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación
directa con el objeto del contrato, según resulte
de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y, dispongan
de una organización con elementos personales y materiales
suficientes para la debida ejecución del contrato.
4.2.-
Además de los requisitos reseñados, los licitadores
deberán acreditar su solvencia económica,
financiera y técnica, bien a través de la
acreditación de una clasificación suficiente,
bien a través de los medios de justificación
que, al amparo de los artículos 16 y 19 del TRLCAP,
se reseñan a continuación:
·
Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante
de la existencia de indemnización por riesgos profesionales.
· Relación de los principales servicios o
trabajos realizados en los últimos tres años
que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos
o privados de los mismos.
Los referidos medios de acreditación podrán
ser sustituidos por los que consten en el certificado de
inscripción en el Registro de Contratistas de la
Comunidad Autónoma de Canarias que el licitador aporte.
A los efectos previstos en el párrafo anterior, los
certificados de clasificación o documentos similares
que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Comunidad
Europea a favor de sus propios Empresarios, constituirán
una presunción de capacidad en los términos
reseñados en el artículo 26.2 del TRLCAP.
Al margen de acreditar su solvencia técnica por los
medios antes indicados, los licitadores deben asumir el
compromiso de adscribir a la ejecución del contrato
los medios y materiales suficientes para llevarla a cabo
adecuadamente, medios que, de acuerdo con lo dispuesto en
la cláusula 12.3.3 del presente pliego, deberán
detallar en su oferta.
4.3.-
No podrán concurrir a la licitación aquellas
empresas que hubieren participado en la elaboración
de las especificaciones técnicas a que se refiere
el presente contrato, siempre que dicha participación
pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o,
suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las
Empresas licitadoras.
4.4.-
Los que contraten con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED
S.A, podrán hacerlo por sí, o mediante la
representación de personas debidamente facultadas
para ello.
No obstante, y con carácter excepcional, los documentos
acreditativos de la representación, podrán
ser calificados, en el seno de la Mesa de Contratación,
por el Letrado del Servicio Jurídico que intervenga
en la misma, consignándose expresamente en el acta
la manifestación del Letrado, respecto a si la documentación
aportada es bastante para que el representante ejerza las
facultades de licitar en relación con el expediente
concreto.
5.- CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES
5.1.-
La clasificación exigida para esta contratación,
será la siguiente:
·
Si la clasificación ha sido otorgada con anterioridad
a la entrada en vigor del Reglamento General de la LCAP,
deberá acreditarse la clasificación III-3-B.
· Si la clasificación ha sido otorgada con
posterioridad a la entrada en vigor del Reglamento General
de la LCAP, deberá acreditarse la clasificación
T-1-B.
Serán admitidos indistintamente tanto los certificados
de clasificación expedidos tras la entrada en vigor
del citado Reglamento, como los expedidos con antelación
al mismo, siempre que tales clasificaciones continúen
vigentes.
5.2.-
Para los empresarios no españoles de la Comunidad
Europea que no estén clasificados, será suficiente
acreditar ante el órgano de contratación la
capacidad financiera, económica y técnica,
conforme a los artículos 16 y 19 del TRLCAP, así
como su inscripción en el Registro a que se refiere
el apartado i) del artículo 20 del citado texto refundido.
6. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El
presupuesto máximo de licitación asciende
a la cantidad de Doscientos sesenta mil euros (260.000€),
IGIC incluido, para la contratación de la producción
y difusión de la campaña institucional “Día
de Canarias”.
Existe crédito suficiente en la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A para atender a las obligaciones económicas
que derivan de la contratación, con cargo a la encomienda
realizada por la Presidencia del Gobierno de Canarias a
la Empresa.
7. REVISIÓN DE PRECIOS
En
la presente contratación no habrá revisión
de precios.
8. PLAZO DE VIGENCIA Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
8.1.-
El contrato tendrá un plazo máximo de vigencia
y ejecución siguiente:
·
Desde el 1 de mayo de 2006 hasta el día 30 de mayo
de 2006.
Los plazos de vigencia y ejecución podrán
ser prorrogados y modificados, conforme con lo establecido
en el artículo 198 apartado 1 del TRLCAP.
II
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
9.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
9.1.-
El contrato se adjudicará por concurso, mediante
procedimiento abierto.
9.2.- Son criterios que han de servir de base para la adjudicación
del contrato los siguientes, por orden decreciente de importancia
con arreglo a la siguiente valoración:
CRITERIOS PONDERACIÓN
-
Valoración del plan de medios 60
Ø Inserciones en horarios prime time y repetición
de inserciones en radios y televisiones con óptimos
niveles de audiencia.
Ø Inserciones en todos los medios de comunicación
escrita en color y en páginas destacadas
Ø Inserciones en medios digitales reconocidos en
Canarias
Ø Producción de todos los demás soportes
- Mejoras 30
- Oferta económica 10
De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Territorial 26/1999,
de 25 de febrero, tendrán preferencia para la adjudicación
del contrato las empresas que en el momento de la licitación
cuenten en su plantilla con un número de trabajadores
minusválidos no inferior al 2% de la misma, siempre
que sus proposiciones obtengan una evaluación global
que no se distancie en más del 15% de la proposición
mejor valorada.
La
valoración de las ofertas se realizará de
acuerdo con el siguiente procedimiento:
1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por
orden de mejor a peor, respecto de cada uno de los criterios.
2º.- Obtenido el orden de prelación de todas
las ofertas respecto de un criterio, se asignará
a la mejor oferta el máximo de los puntos correspondientes
a dicho criterio.
3º.- A las ofertas siguientes, en el orden de prelación
de cada criterio, se les asignarán los puntos que
proporcionalmente correspondan por su diferencia con la
mejor oferta.
10.- GARANTÍA PROVISIONAL
10.1.-
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35.1
del TRLCAP, los licitadores deberán constituir garantía
provisional por importe equivalente al 2 por 100 del presupuesto
de licitación.
10.2.-Dicha
garantía deberá constituirse, de acuerdo con
las normas establecidas en el artículo 35 del TRLCAP,
así como en el artículo 55 y siguientes del
RGLCAP y la cláusula 16.2 del presente pliego.
10.3.- Quedan exentas de la prestación de la garantía
provisional, las entidades a que se refiere el artículo
40 del TRLCAP, en los términos señalados en
el mismo, así como los licitadores que tengan constituida
garantía global ante la misma Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A contratante, en cuyo caso, dicha garantía
global surtirá todos los efectos inherentes a la
garantía provisional.
10.4.-
En el supuesto de uniones temporales de empresas (U.T.E.),
la garantía provisional podrá constituirse
por una o varias de las empresas participantes en la unión,
siempre que en conjunto se alcance la cuantía establecida
en el primer párrafo de esta cláusula y garantice
solidariamente a todos los integrantes de la misma.
11.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
11.1.-
Las proposiciones y la documentación complementaria
se presentarán, en la forma indicada en los apartados
siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio
de licitación publicado en el Boletín Oficial
de Canarias y, en su caso, en el Boletín Oficial
del Estado, en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
11.2.-
La presentación podrá realizarse mediante
entregas en las oficinas que se indiquen en el anuncio de
licitación.
11.3.-
Los interesados podrán examinar el pliego y documentación
complementaria en las oficinas señaladas en el anuncio
de licitación.
11.4.-
La presentación de las proposiciones presume la aceptación
incondicional por el empresario de la totalidad del contenido
del presente pliego, sin salvedad alguna.
11.5.-
La presentación de la proposición se deberá
realizar en una sola de las dependencias administrativas
de entre las varias que existan para poder llevarla a cabo,
rechazándose en caso contrario todas las presentadas
por el licitador.
12.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
12.1.-
Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados,
identificados en su exterior con indicación de la
licitación y el nombre y apellidos en caso de persona
física o razón social de la Empresa licitadora,
números de teléfono y de fax, y dirección
de correo electrónico, de disponer de ellos. Así
como la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado
numéricamente en hoja independiente, deberá
tener los requisitos que se señalan a continuación:
12.2.-
Sobre número 1: Deberá tener el siguiente
título: "SOBRE Nº 1: Documentación
general para el concurso de difusión y producción
de la campaña institucional “Día de
Canarias 2006”. Su contenido será el siguiente:
12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad
de la empresa y la representación, en su caso, del
firmante de la proposición, en la forma siguiente:
12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate
de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas
deberán presentar escritura de constitución,
o de modificación en su caso, inscritas en el Registro
Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme
a la legislación mercantil que le sea aplicable.
Si no lo fuere, deberán presentar el documento de
constitución, estatutos o acto fundacional en el
que consten las normas por las que se regula su actividad,
inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial
que fuera preceptivo.
Las empresas no españolas de Estados miembros de
la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el
Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar
su capacidad de obrar mediante presentación de certificación
de estar inscritas en alguno de los registros que se indican
en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros, deberán acreditar
su capacidad de obrar mediante certificación expedida
por la representación diplomática española
en el Estado correspondiente, en la que se haga constar
que figuran inscritos en el Registro local, profesional,
comercial o análogo o, en su defecto, que actúan
con habitualidad en el tráfico local en el ámbito
de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva
representación diplomática española,
relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez
la participación de empresas españolas en
la contratación con la Administración de ese
estado, en forma substancialmente análoga. Cuando
el presupuesto de la contratación, sea de cuantía
igual o superior a cinco millones trescientos cincuenta
y ocho mil, ciento cincuenta y tres euros (5.358.153 €)
y el Estado de procedencia sea signatario del Acuerdo sobre
Contratación Pública de la Organización
Mundial del Comercio, el informe de reciprocidad antes mencionado
será sustituido por informe de la citada representación
diplomática relativo a tal condición.
Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta
sucursal en España, con designación de apoderados
o representantes para sus operaciones y que estén
inscritas en el Registro Mercantil.
12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante,
éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo
de la existencia de la representación.
12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación
constituyendo una unión temporal (U.T.E.). Cada uno
de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad,
indicando los nombres y circunstancias de los empresarios
que la suscriban, la participación de cada uno de
ellos, así como la designación de un representante
o apoderado único de la unión, con poderes
bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que del contrato se deriven hasta la extinción del
mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados
que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía
significativa.
12.2.2.-
Certificado de la clasificación requerida en la cláusula
5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior,
para los empresarios no españoles de Estados miembros
de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten,
en su caso, ante el órgano de contratación
correspondiente su solvencia económica, financiera
y técnica, conforme a los requisitos establecidos
en la cláusula 4.2. del presente pliego.
Las uniones temporales de empresas (U.T.E.), deberán
acreditar que todas las empresas que integran la unión,
han obtenido clasificación en alguno de los grupos
o subgrupos exigidos en la cláusula 5 del presente
pliego. En tal caso, se acumularán las clasificaciones
individuales de sus miembros, a efectos de poder acreditar
la clasificación global exigida.
Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros
no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros
deberán acreditar su clasificación y los últimos,
en defecto de ésta, su solvencia económica,
financiera y técnica.
12.2.3.-
Testimonio judicial, certificación administrativa
o declaración responsable del licitador otorgada
ante una autoridad administrativa u organismo profesional
cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario
público, de no estar incurso en las prohibiciones
para contratar con la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A
y la Administración Pública conforme al artículo
20 del TRLCAP, comprendiendo expresamente la circunstancia
de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las
disposiciones vigentes.
Cuando se trate de empresarios de Estados miembros de la
Unión Europea y esta posibilidad esté prevista
en la legislación del Estado respectivo, podrá
sustituirse por declaración responsable, otorgada
ante una autoridad judicial.
12.2.4.-
Resguardo acreditativo, en su caso, de la garantía
provisional, si la misma se constituyó en metálico
o títulos valores. Si se constituye en forma de aval
o por contrato de seguro de caución, se presentará
el propio aval o el contrato de seguro.
12.2.5.-
Para las empresas extranjeras, declaración de someterse
a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles
de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo
directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia,
en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera
corresponder al licitante.
12.2.6.-
- A los efectos previstos en la cláusula 9.2 del
presente pliego, las empresas que, en el momento de acreditar
su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número
de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, deberán
acreditar tal extremo aportando los documentos TC2 correspondientes
a todo el personal de la empresa y la relación de
personas con minusvalía integradas en su plantilla,
especificando número de D.N.I., acompañada
de los respectivos certificados de minusvalía.
Toda la documentación a presentar por los licitadores
habrá de ser documentación original o bien
copias que tengan carácter de auténticas o
compulsadas conforme a la legislación vigente en
la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía
provisional, en su caso, que habrá de aportarse en
original. asimismo, los licitadores presentarán su
documentación en castellano.
12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente
título: "SOBRE Nº 2: Proposición
para el concurso de la difusión y producción
de la campaña institucional “Día de
Canarias 2006”
12.3.1.- Cada licitador podrá presentar sólo
una proposición.
12.3.2.-
El contenido de las ofertas económicas será
redactado según el modelo anexo al presente pliego,
sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente
lo que el órgano de contratación estime fundamental
para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán
que la proposición sea rechazada.
12.3.3.-
Los licitadores incluirán, así mismo, en este
sobre la documentación relacionada con los criterios
de adjudicación no económicos a que se refiere
la cláusula 9.2 del presente pliego.
Así mismo, los licitadores deberán presentar
la documentación exigida en el pliego de prescripciones
técnicas contenidas en el anexo 1 .
Si algún licitador no aporta la documentación
relativa a alguno de los criterios a que se refiere este
apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos
en los párrafos anteriores, la proposición
de dicho licitador no será valorada respecto del
criterio de que se trate.
Para ser tenida en cuenta, dicha documentación, que
deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador
o ir acompañada de una relación de los documentos
que la integran, firmada por el licitador declarando, bajo
su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados, reservándose
la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A la facultad de comprobar
en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación
del contrato, o bien durante su vigencia, por sí
misma o mediante petición al licitador o adjudicatario
de documentación o informes complementarios. La falsedad
o inexactitud de tales datos provocará la desestimación
de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato,
con pérdida de la garantía constituida, así
como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones
que de tal hecho se deriven.
13.- MESA DE CONTRATACIÓN
La
Mesa de Contratación estará integrada por:
·
Un Presidente, que será la Consejera Delegada de
CANARIAS CULTURA EN RED o persona en quien delegue.
·
Un Vocal designado por el órgano de contratación
de entre el personal de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
·
Un Vocal representante de la Viceconsejería de Comunicación.
·
Un Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de
Canarias.
·
Un Secretario designado por el órgano de contratación.
14.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL
Concluido el plazo de presentación de proposiciones,
la Mesa de contratación procederá a la calificación
de la documentación general contenida en los sobres
número uno presentados por los licitadores. Si observase
defectos materiales en la documentación presentada,
lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico
al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha
notificación en el expediente, concediéndole
un plazo no superior a tres días para que lo subsane.
Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese
defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables,
no será admitido a la licitación.
Al
margen de la subsanación a que se refiere el párrafo
anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar
la acreditación de la solvencia de los licitadores,
podrá recabar de éstos las aclaraciones que
estime oportunas sobre las certificaciones y documentos
presentados, así como, requerirlos para la presentación
de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá
ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días
y siempre antes de la declaración de admisión
de las proposiciones.
15.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
15.1.-
La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación
del sobre nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en
su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios
requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido
al efecto, realizará en acto público la apertura
de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el
lugar y hora que se le comunicará a los licitadores
mediante fax, telegrama o correo electrónico dejando
constancia de dicha notificación en el expediente,
con arreglo al siguiente procedimiento:
15.1.1.-
En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los
asistentes del número de proposiciones recibidas
y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado
de la calificación de la documentación general
presentada en los sobres nº 1, con expresión
de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las
causas de su exclusión, invitando a los asistentes
a que formulen las observaciones que estimen oportunas,
que serán reflejadas en el acta, pero sin que en
este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que
no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión
de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
15.1.2.-
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá
a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores
admitidos, dando lectura a la oferta económica y
a la relación de los documentos aportados respecto
a los restantes criterios de adjudicación.
Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente
de la Mesa invitará a los licitadores asistentes
a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen
oportunas en relación con el acto celebrado. Informándoles,
en caso de producirse éstas, de la posibilidad de
presentar reclamaciones escritas ante el órgano de
contratación, en el plazo máximo de dos días
hábiles. A continuación, se dará por
concluido el acto público de apertura de proposiciones,
de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta
de la reunión de la Mesa.
15.2.-
La Mesa de contratación, tras solicitar los informes
técnicos que estime oportunos, elevará al
órgano de contratación la propuesta de adjudicación
razonada que estime adecuada, que incluirá en todo
caso la ponderación de los criterios indicados en
la cláusula 9.2 del presente pliego, acompañada
de las actas de sus reuniones y de la documentación
generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes
emitidos.
A la vista de la propuesta de la Mesa de contratación,
el órgano de contratación adjudicará
motivadamente el contrato en el plazo máximo de tres
meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.
15.3.-
Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior,
sin haberse dictado acuerdo resolutorio del concurso, los
licitadores podrán retirar sus ofertas y las garantías
constituidas.
15.4.-
La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A tendrá la
facultad de adjudicar el contrato a la proposición
más ventajosa o, alternativamente, declarar desierto
el concurso, motivando en todo caso su resolución
sobre la base de los criterios de adjudicación del
concurso establecidos en este pliego.
15.5.-
El licitador propuesto como adjudicatario deberá
acreditar, antes de la adjudicación y en el plazo
máximo de 5 días hábiles desde que
se le requiera al efecto, que se encuentra al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social.
15.5.1.-
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones tributarias se realizará presentando
la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos
13 y 15 del Reglamento General de la LCAP.
- Certificación administrativa expedida por el órgano
competente de la Administración del Estado, por lo
que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
? Certificación administrativa expedida por el órgano
competente de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias
con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas
o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes
a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo
13 del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar
tal circunstancia mediante declaración responsable.
15.5.2.- La acreditación de estar al corriente en
el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
se realizará mediante certificación expedida
por la autoridad administrativa competente. En el supuesto
que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se
habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración
responsable.
15.5.3.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas
anteriores deberán ser expedidas de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General
de la LCAP y, en su caso, podrán ser remitidas al
órgano de contratación por vía electrónica,
de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.
15.5.4.-
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas,
pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión
Europea que no tengan domicilio fiscal en España,
deberán presentar certificación expedida por
autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa
de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes
obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar
certificación, también expedida por autoridad
competente, en la que se acredite que se hallan al corriente
en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan
en el país de su nacionalidad. Toda la documentación
relacionada en este apartado habrá de referirse a
los doce últimos meses.
15.6.-
Si el contrato no llegara a formalizarse por causa imputable
al adjudicatario y, en consecuencia, se decretase su resolución,
o cuando se trate de continuar la ejecución de un
contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto, el
órgano de contratación podrá adjudicarlo
de nuevo al licitador cuya oferta hubiera sido la siguiente
más ventajosa, sin necesidad de convocar un nuevo
concurso, de conformidad con lo establecido en los artículos
84 y 90 del TRLCAP.
En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en los
apartados 3 y 4 del artículo 86 del TRLCAP.
III
FORMALIZACIÓN
DEL CONTRATO
16.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
16.1.-
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de
quince días naturales contados desde que se le notifique
la adjudicación del contrato, la constitución
de la garantía definitiva por importe del 4 por 100
del importe adjudicado.
Si la proposición del adjudicatario hubiese estado
incursa inicialmente en la presunción de temeridad
a que se refiere el artículo 86.3 del TRLCAP, la
garantía definitiva deberá constituirse por
un importe equivalente al 20 por 100 (20%) del importe de
adjudicación del contrato, que sustituirá
a la del 4 por 100 (4%) prevista en el párrafo anterior.
No será precisa la constitución de la garantía
reseñada en los párrafos anteriores cuando
el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo,
o con anterioridad al mismo, garantía global por
importe suficiente ante la Empresa contratante, en los términos
previstos en el artículo 36.2 del TRLCAP, y dicha
garantía se encontrara vigente y efectiva,
Estarán exceptuados de la constitución de
la garantía definitiva las entidades reseñadas
en el artículo 40 del TRLCAP, en los términos
de dicho precepto.
16.2.-
La garantía podrá constituirse en metálico,
mediante aval, en valores públicos o en valores privados,
por contrato de seguro de caución, o por retención
de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas
en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General
de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación
acreditativa correspondiente, en la Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A.
16.3.-
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato,
experimente variación el valor del mismo, se reajustará
la garantía en el plazo de quince días hábiles
contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario
la resolución de modificación del contrato,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del
Reglamento General de la LCAP.
16.4.-
En el plazo de quince días hábiles, contado
desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las
penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá
reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía
que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa
de resolución.
17.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
17.1.-
El adjudicatario queda obligado a suscribir el contrato,
dentro del plazo de treinta días naturales desde
la fecha de la notificación de la adjudicación
al que se unirá un ejemplar del pliego de cláusulas
administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de
empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a
la firma del contrato, deberá aportar escritura pública
de constitución como tal.
17.2.-
El documento en que se formalice el contrato será
en todo caso administrativo, siendo título válido
para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contrato se formalizará en escritura
pública cuando así lo solicite el contratista,
siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
17.3.-
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse
el contrato dentro del plazo indicado, la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A podrá acordar la resolución
del mismo, siguiendo a tal efecto el procedimiento establecido
en el artículo 109 del Reglamento General de la LCAP.
En tal supuesto, procederá la incautación
de la garantía provisional y la indemnización
de los daños y perjuicios ocasionados.
17.4.-
En el supuesto de que en el expediente haya recaído
declaración de urgencia se podrá, previa constitución
de la garantía definitiva cuando fuera exigible,
iniciar la ejecución del contrato sin la previa formalización,
en la forma prevista en el artículo 71.2.c) del TRLCAP.
IV
EJECUCIÓN
DEL CONTRATO
18.- DIRECTOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO
El
órgano de contratación podrá designar,
de entre el personal al servicio de la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A, un director del trabajo, quien supervisará
la ejecución del mismo, comprobando que su realización
se ajusta a lo establecido en el pliego de prescripciones
técnicas y, cursará al contratista las órdenes
e instrucciones del órgano de contratación.
19.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
19.1.-
El contrato se ejecutará con estricta sujeción
a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de
cláusulas administrativas particulares, observando
fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones
técnicas, así como las instrucciones que,
en su caso, le diere por escrito el director del trabajo
objeto del contrato.
19.2.-
Será obligación del contratista indemnizar
todos los daños y perjuicios que se causen, por sí
o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros
como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución
del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan
sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de
una orden de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A será
responsable la misma dentro de los límites señalados
en las leyes.
19.3.-
El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva
responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral,
de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo,
debiendo tener a su cargo el personal necesario para la
realización del objeto del contrato, respecto del
que ostentará, a todos los efectos, la condición
de empresario.
El contratista deberá guardar sigilo respecto a los
datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios,
estén relacionados con el objeto del contrato y hayan
llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
19.4.-
La ejecución del contrato se realizará a riesgo
y ventura del contratista.
19.5.-
Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más
de un profesional o consultor, los contratistas responderán
solidariamente de los daños y perjuicios que se originen
durante su ejecución, tanto para la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A como para terceros, por defectos o insuficiencias
técnicas de su trabajo, o por los errores materiales,
omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios
en los que el trabajo haya incurrido, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 217 del TRLCAP.
20.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
20.1.-
Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados
de la publicación de la licitación en Boletines
Oficiales y en un periódico de cada provincia por
una sola vez, así como los de formalización
del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Los citados gastos de publicación se descontarán
en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo
que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en
la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
20.2.-
Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores,
como en los presupuestos de adjudicación se entienden
comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos,
que graven la ejecución del contrato, que correrán
por cuenta del contratista. En especial se considera incluido
el Impuesto General Indirecto Canario.
Igualmente se consideran incluidos todos los gastos que
de la ejecución del contrato, incluidos los posibles
desplazamientos, resultaren necesarios.
También se consideran incluidos en las proposiciones
y en el presupuesto de adjudicación, corriendo por
cuenta del contratista, las tasas y arbitrios municipales.
21.- ABONOS AL CONTRATISTA
21.1.-
El pago del precio del contrato “El día de
Canarias” se realizará una vez finalizado el
servicio de acuerdo con los plazos previstos en la cláusula
8 del presente pliego, previa presentación memoria
justificativa de la realización de la campaña
contratada, a la cual se le adjuntará copias de todos
los soportes publicitarios producidos y difundidos, con
los certificados de difusión de radio-televisión
correspondientes y previo informe favorable del director
del mismo.
21.2.- El pago se realizará contra factura, expedida
de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada
por la Unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por el
director del mismo. La Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A
deberá abonar el importe de las facturas dentro de
los dos meses siguientes a la fecha de expedición
de los documentos que acrediten la realización del
contrato.
En caso de demora por la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED
S.A en el pago del precio, ésta deberá abonar
al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo
de dos meses, el interés legal del dinero, incrementado
en un 1,5 puntos de las cantidades adeudadas.
Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados
a partir del vencimiento de los dos meses a que se refiere
el párrafo anterior, el contratista podrá
proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento
del contrato, debiendo comunicar a la Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A con un mes de antelación, tal circunstancia,
a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan
derivarse de dicha suspensión, en los términos
establecidos en el TRLCAP.
Si la demora de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A fuese
superior a ocho meses, contados a partir del vencimiento
del plazo de dos meses a que se refiere el párrafo
primero de la presente cláusula, el contratista tendrá
derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento
de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
21.3.-
El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera
de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar
el precio del contrato, pero para que dicha cesión
surta efectos, y la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A
expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es
preciso que se le notifique fehacientemente a ésta
última el acuerdo de cesión.
22.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
22.1.-
El contratista queda obligado al cumplimiento de los plazos
de ejecución del contrato en los términos
previstos en la cláusula 8 del presente pliego.
22.2.-
Si llegado el final del trabajo, el contratista hubiere
incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Empresa
CANARIAS CULTURA EN RED S.A podrá optar indistintamente,
por la resolución del contrato con pérdida
de garantía o por la imposición de penalidades
diarias en la proporción de 0,12 por cada 601,01
euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo
del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano
de contratación estará facultado para proceder
a la resolución del mismo o acordar la continuidad
de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá la Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A respecto al incumplimiento por parte del contratista
de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento
de aquellos haga presumir razonablemente la imposibilidad
del cumplimiento del plazo total.
22.3.-
La imposición de penalidad no excluye la indemnización
a que pueda tener derecho la Empresa CANARIAS CULTURA EN
RED S.A por los daños y perjuicios ocasionados por
el retraso imputable al contratista.
22.4.-
La constitución en mora del contratista no requerirá
intimación previa por parte de la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A.
22.5.-
Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos
por causas no imputables al contratista, la Empresa CANARIAS
CULTURA EN RED S.A podrá a petición de éste
o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 96.2 del TRLCAP.
23.-
INCUMPLIMIENTO PARCIAL EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO
DEL CONTRATO
Cuando
el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere
incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones
definidas en el contrato, el órgano de contratación
podrá optar, indistintamente, por su resolución
o por imponer las siguientes penalidades: 0’12 por
cada 601,01 euros de la parte de la prestación incumplida.
V
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
24.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En
el supuesto de modificación del contrato se estará
a lo dispuesto en los artículos 54, 101 y 212 del
TRLCAP.
25.- SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
Si
la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A acordare la suspensión
del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación
de lo dispuesto en el artículo 99.5 del TRLCAP y
la cláusula 22.2 del presente pliego, se levantará
un acta en la que se consignarán las circunstancias
que la han motivado y la situación de hecho en la
ejecución de aquél.
Acordada
la suspensión, la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED
S.A abonará al contratista los daños y perjuicios
efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán,
en su caso, con arreglo a lo dispuesto en el artículo
215.2 y 3 del TRLCAP.
VI
FINALIZACIÓN
DEL CONTRATO
26.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El
contrato se entenderá cumplido por el contratista
cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto,
de conformidad con lo establecido en este pliego y en el
de prescripciones técnicas y a satisfacción
de la Empresa CANARIAS CULTURA EN RED S.A.
Si
los trabajos no se hallan en condiciones de ser recibidos,
se dejará constancia expresa de tal circunstancia
y se darán las instrucciones precisas al contratista
para que subsane los defectos observados, o proceda a una
nueva ejecución de conformidad con lo pactado.
27.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además
de en los supuestos de incumplimiento, el contrato se extinguirá
por su resolución, acordada por la concurrencia de
alguna de las causas previstas en los artículos 111
y 214 del TRLCAP dando lugar a los efectos previstos en
los artículos 113 y 215 del TRLCAP.
Asimismo,
serán causa de resolución del contrato, dando
lugar a los efectos antes indicados, las causas previstas
en el artículo 6 del Decreto 87/1999, de 6 de mayo,
por el que se regula la subcontratación en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
28.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA
DEFINITIVA
28.1.
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas
del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan
de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido
el periodo de garantía, en su caso, se dictará
acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
28.2.
La garantía se devolverá una vez realizadas
las obligaciones contenidas en el contrato y finalizados
los plazos establecidos en la cláusula 8 del presente
pliego.
29.- JURISDICCIÓN
Las
cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación,
modificación, resolución y efectos de ésta,
serán resueltas por el órgano de contratación.
El contratista renuncia al fuero que pudiera corresponderle
y se somete a los Jueces y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife.
ANEXO 1
PLIEGO
DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN,
POR CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA DIFUSIÓN
Y PRODUCCIÓN DE LA CAMPAÑA INSTITUCIONAL DEL
DIA DE CANARIAS 2006
1.-
OBJETIVOS DE COMUNICACIÓN
1.1.-
Con motivo de la tradicional celebración del Día
de Canarias, el 30 de mayo de 2006 el Gobierno de Canarias
realizará una campaña publicitaria institucional
con tres objetivos esenciales:
a)
Destacar los valores y la identidad de Canarias, tanto los
que se refieren a la tradición histórica y
cultural como a los presentes que la constituyen como una
sociedad moderna y de futuro.
b) Comunicar los actos más destacados, que con motivo
del día de Canarias, se celebran en el Archipiélago.
c) Promover la asistencia a las actividades que se organicen
con motivo del Día de Canarias.
2.-
DIFUSIÓN
La creatividad de la campaña será facilitada
por la Empresa contratante CANARIAS CULTURA EN RED S.A que
aportará una copia del spot para su emisión
en televisión y una copia de las cuñas de
radio de la campaña del Día de Canarias. La
producción de los restantes soportes ( medios escritos,
y demás soportes) será realizada por la empresa
adjudicataria, con la creatividad que le aporte CANARIAS
CULTURA EN RED.
Los creativos de la campaña supervisarán la
producción de todos los soportes recogidos y aprobados
en la siguiente campaña.
La difusión de la campaña deberá hacerse,
al menos, en los siguientes medios:
a.-
TELEVISIÓN
1)
El anuncio (una copia) será suministrado por CANARIAS
CULTURA EN RED S.A.. y la empresa contratada se encargará
de realizar las copias correspondientes para su difusión
con la máxima calidad en las cadenas televisivas
que presenten en el plan de medios así como la distribución
de las mismas en tiempo y en forma.
La
duración del anuncio de televisión tendrá
una duración máxima de 30 segundos con refuerzos
de 10 segundos.
La
empresa adjudicataria deberá establecer en los contratos
con las distintas cadenas que el spot no se podrá
emitir seguido de otro anuncio institucional.
Al menos el 50 % del presupuesto deberá ser destinado
a la emisión del spot en televisiones.
·
Del porcentaje establecido para las televisiones, el 80%
del presupuesto será para las cadenas con centros
de emisión regional y acreditado nivel de audiencia
y el 20% restante, a distribuir entre las televisiones locales
de todas las islas con óptimos niveles de audiencia.
·
Se valorará positivamente la inclusión de
los anuncios en horario prime-time y programas de máxima
audiencia.
·
La empresa adjudicataria tiene que hacer las copias necesarias
del anuncio, en formato de calidad para su emisión
en televisión, así como hacerlas llegar en
tiempo y forma a las centros emisores.
·
La empresa adjudicataria deberá presentar, como requisitos
para el abono del contrato, los certificados de emisión
en las distintas cadenas.
b.-
RADIO: La producción de las cuñas de radio
serán realizadas por la Empresa CANARIAS CULTURA
EN RED S.A y aportada a la empresa adjudicataria.
·
La duración de los anuncios en radio variará
con cuñas de 15 segundos.
·
Del Presupuesto que los licitadores destinen para las radios
el 60% debe ir a Cadenas regionales y con altos niveles
de audiencia y el 40% para emisoras locales de todas las
islas.
·
La empresa adjudicataria se encargará de realizar
las copias y distribución de las cuñas de
radio a todas las emisoras que figuren en el plan de medios
seleccionados y las harán llegar en tiempo y forma.
·
La distribución debe hacerse en todas las radios
que emiten en Canarias y tengan óptimos niveles de
audiencia.
·
Se valorará la emisión de los anuncios en
los programas y horarios de máxima audiencia.
·
La empresa adjudicataria deberá presentar, como requisitos
para el abono del contrato, los certificados de emisión
en las distintas cadenas.
c.-
MEDIOS DE COMUNICACIÓN ESCRITO Y DIGITAL
·
Del Presupuesto que los licitadores destinen para medios
escritos el 50% deberá ser para periódicos
provinciales y nacionales con edición especial en
Canarias y el 50% a medios insulares, locales y los medios
digitales de Canarias y a medios de Latinoamérica
(España Exterior/ Canarias Exterior; Canarias en
el Mundo; La Región Internacional), así como,
a las publicaciones tradicionales de las islas menores.
·
A todos los medios escritos descritos se les deberá
insertar como mínimo una página completa de
publicidad en color y a los medios digitales los banner
correspondientes.
· Los anuncios en medios de comunicación escrito
y digital podrán tener varios formatos cuya creatividad
deberá ser aportada por CANARIAS CULTURA EN RED.
La empresa adjudicataria deberá adaptar el anuncio
y entregarlo a los distintos medios de comunicación
escrito y digitales.
·
Se valorará que se pongan en páginas destacadas.
La
Administración se reserva el derecho de modificar
el plan de medios propuesto.
d.-
DEMÁS SOPORTES.-
La empresa adjudicataria deberá ofertar como mínimo
la producción de los siguientes soportes y cantidades,
cuya creatividad será suministrada por la empresa
Canarias Cultura en Red S.A:
· Camisetas 4.000 uds
· Gorras 4.000 uds
· Pegatinas 3.000 uds
· Folletos Campaña 50.000 uds
· Folletos Acto institucional 2.000 uds
· Invitación Acto institucional 2.500 uds
· Marquesinas
· Serigrafías en transportes públicos
3.- OTRAS MEJORAS:
La
empresa contratada puede formular otro tipo de acciones
para difundir el objeto de esta campaña que mejoren
su oferta, como por ejemplo, fomentar que las televisiones
y radios que emiten en Canarias hagan programas específicos
del Día de Canarias o que los medios de comunicación
escrita y digital, elaboren suplementos o reportajes especiales
sobre este tema, vallas, marquesinas de guaguas o medios
de transportes que puedan llevar soportes publicitarios
o la difusión en instituciones públicas y
privadas de los folletos informativos de la campaña,
etc.
4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
1) PLAN DE MEDIOS.
-
Se ha de incluir en este apartado la descripción
detallada de cobertura y difusión, según los
ratios habituales del sector, realizándose una evaluación
del plan de medios atendiendo a criterios de máxima
cobertura, GRP’s y OTS.
2) PROPUESTA ECONÓMICA
-
En concreto, la propuesta económica se habrá
de desglosar en los diferentes componentes:
Televisión:
Tarifa por inserción.Si el licitador ofertara descuentos
los incluirá en su oferta.Presupuesto final
Radio:
Tarifa por inserción.Si el licitador ofertara descuentos
los incluirá en su oferta.Presupuesto final
Prensa:
Tarifa por inserción.Si el licitador ofertara descuentos
los incluirá en su oferta.Presupuestos
Demás soportes:
Presupuesto
AN
E X O 2
MODELO
DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D.....................................................................................................................................................................................,
con D.N.I. nº .....................................,
mayor de edad, con domicilio en .................................................................................,
enterado del pliego de cláusulas administrativas
particulares y del de prescripciones técnicas que
han de regir la contratación de un servicio para
la difusión de las campañas institucionales
“Una Tierra Única” y “Día
de Canarias 2006” y, aceptando íntegramente
el contenido de los mismos, en nombre .........................
............................................ (propio o de
la/s persona/s o entidad/es que representa especificando
en este último caso sus circunstancias), se compromete
a ejecutar el contrato de referencia por un importe de ………….
euros.
(en
números y letras)
Lugar,
fecha y firma del licitador.
En
Santa Cruz de Tenerife a 21 de febrero de 2006
LA
CONSEJERA DELEGADA DE
CANARIAS CULTURA EN RED S.A
Dulce Xerach Pérez López
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